Novedades Modelo 349
A partir de 2012 se reduce de 100.000 a 50.000 euros el límite máximo de entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios que permite presentar el modelo 349 de forma trimestral y no mensual.
Recuerde que hasta 2011 era posible presentar dicha declaración de forma trimestral (y no mensual) si se cumplía la regla de que ni en el trimestre en curso ni en ninguno de los cuatro trimestres anteriores se alcanzasen los 100.000 euros de entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios.
Por lo tanto, si en algún trimestre de 2011 su empresa ha superado dicho límite (50.000 euros), ahora deberá presentar el modelo 349 de forma mensual.
La primera declaración a la que afectará este cambio será la de este mes de enero, que se presenta hasta el próximo 20 de febrero.
En resumen para 2012: el plazo de presentación con carácter general es mensual, excepto: si ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatros trimestres naturales anteriores el importe total de las entregas y prestaciones de servicios (no se incluyen en el cómputo del límite las adquisiciones intracomunitarias) sea superior a 50.000 euros (excluido el IVA); si al final de cualquiera de los meses que componen cada trimestre natural se superara el importe de 50.000 euros deberá presentarse una declaración recapitulativa para el mes o meses transcurridos desde el comienzo de dicho trimestre natural durante los veinte primeros días naturales inmediatos siguientes.
Por tanto, si sólo hay adquisiciones intracomunitarias (independientemente del volumen de estas) si no se supera el límite de 50.000 euros de entregas y prestaciones de servicios intracomunitarios explicado en el párrafo anterior la declaración será trimestral.
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